| Se promulgaron a través de los decretos Nº 427 y Nº 428 los aumentos del servicio público de transporte individual de personas en automóviles de alquiler denominados autos al instante o remises y tarifas de servicios públicos de taxis. En el caso de los remises las mismas quedaron dispuestas de la siguiente manera: bajada de bandera $10,50 y ficha $0,75, mientras que los taxis con una bajada de bandera establecida en $10 y ficha de $0,70. |