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Información general || |
| Rige el aumento en taxis y remises | |
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| <font size="2">Se promulgaron a través de los decretos Nº 427 y Nº 428 los aumentos del servicio público de transporte individual de personas en automóviles de alquiler denominados autos al instante o remises y tarifas de servicios públicos de taxis.</font><p><font size="2">En el caso de los remises las mismas quedaron dispuestas de la siguiente manera: bajada de bandera $10,50 y ficha $0,75, mientras que los taxis con una bajada de bandera establecida en $10 y ficha de $0,70.</font></p><p> </p> | |
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