Proponen subastar vehículos del corralon municipal

 
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A través de un nota presentada por el presidente de la Unión Cívica Radical, Daniel Velázquez, la concejal Mirta Rossi (UCR) presentó un proyecto de ordenanza para subastar vehículos del corralón municipal. 

La iniciativa busca erradicar la acumulación de automóviles y motocicletas que fueron abandonados o presentan diversos problemas.

"La creciente acumulación de vehículos en todas sus denominaciones (autos, moto vehículos, cuadriciclos, ómnibus, camiones y los de cualquier otra denominación) en el actual corralón utilizado como depósito de las unidades secuestradas produce diversos problemas y peligros tales como un deplorable impacto visual, peligro de incendios, riesgo de robos, etc. La mayoría de ellos no son ni serán retirados por lo que en la práctica terminan siendo chatarra imposible de utilizar. Si no se resuelve la problemática no alcanzara el espacio físico destinado en la actualidad. La instrumentación tras la aprobación de la presente ordenanza permitirá mitigar los inconvenientes antes mencionados además de permitir aumentar la flota de automóviles Municipal como así también el ingreso de fondos que el Departamento Ejecutivo determinara su utilización", explica el escrito.

Disposición de uso transitorio

La Municipalidad podrá disponer del uso de los automóviles que se encuentren depositados en el corralón y/o depósitos municipales, previa notificación fehaciente a su titular, a partir de los cuarenta y cinco (45) días de su ingreso a los mismos y hasta tanto se concluya el procedimiento de disposición definitiva que Infra se detalla y siempre que su titular no comparezca al Juzgado de Faltas que entienda en el caso ni manifieste en forma expresa, según la reglamentación, la voluntad de
cumplimentar sus obligaciones y retirar el vehículo. En todos estos casos el Estado Municipal deberá previamente contratar un seguro por responsabilidad civil contra terceros a su favor y subrogará al titular en todas las responsabilidades, incluida la prevista en el Art. 1113 del Código Civil, derivadas del uso del bien, liberándolo de todos los efectos generados por ese uso. El uso que se disponga será efectuado por el área y personal municipal solicitante y autorizado, otorgando prioridad a las áreas de fiscalización, inspección y control municipal. La coordinación y asignación de los automóviles estará a cargo de la Autoridad de Aplicación de la
presente

Ejecución, uso transitorio y disposición

La Autoridad de Aplicación podrá optar por: a) la ejecución fiscal de la deuda motivada por la infracción o con origen en el depósito en el corralón municipal, conforme lo establecen las ordenanzas municipales; b) el uso transitorio del automotor o moto vehículo según lo establece el Art. 2° de la presente ordenanza; c) la disposición administrativa definitiva del automóvil, o chatarra conforme los procedimientos y plazos de la presente ordenanza.

 
 
 
 
 
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