A través del decreto Nº 484 se promulgó al ordenanza Nº 5737 por la cual todas las empresas de transporte público de pasajeros deberán colocar carteles en sus unidades con la siguiente leyenda "se encuentra prohibido el uso de dispositivos de sonido sin auriculares (ordenanza Nº 965)".
Además, se fija una multa de entre 70 a 200 boletos de transporte urbano al sujeto infractor y entre 200 a 500 boletos de transporte urbano a las empresas de transporte público responsables. El proyecto fue aprobado días atrás en el Concejo de Representantes. |