Felpeto violó el plazo de presentación de su declaración jurada y puede recibir sanciones legales

 
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Carlos Felpeto, ex intendente de Villa Carlos Paz, se demoró en presentarla, fue emplazado, y su declaración jurada apareció el jueves, pero en blanco. El plazo formal para presentarla venció el 29 de febrero.

La ley 8198, en su artículo 5, establece que la presentación de la declaración jurada “integra los actos propios del cargo y su inobservancia hará pasible a los funcionarios, magistrados y empleados de la Provincia de todas las sanciones legales que correspondan”.

En este sentido, ordena que “la omisión de presentar la declaración jurada patrimonial en el plazo establecido al asumir las funciones, será sancionado por las autoridades respectivas de cada poder con la suspensión del pago de haberes, dietas o compensaciones, previo emplazamiento de cumplimiento”.

Y agrega que “transcurridos dos meses desde que se haya operado la suspensión, sin que mediare cumplimiento, o cuando se comprueben falsedades, quedará configurada la causal de cesantía para los empleados y de mal desempeño para los funcionarios y magistrados”.

La ley dice que las declaraciones juradas deben realizarse por acta notarial ante la Escribanía General del Gobierno Provincial, que será la autoridad de aplicación de la ley, pero que son “de carácter público”, que “cualquier persona podrá tener acceso a ellas” en la forma y con los alcances de la normativa, y que “a los fines de facilitar el acceso a la información deberán ser publicadas al comienzo y al final de la gestión de cada uno de los funcionarios políticos”.

 

 
 
 
 
 
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