| La Junta Electoral Municipal de la ciudad de Villa Carlos Paz comunica a la población de la ciudad que, con motivo de las elecciones previstas para el próximo domingo 26 de junio donde se elegirá intendente, concejales y tribunos de cuentas, están vigentes las siguientes prohibiciones prescriptas por el Art. 66 del Código Electoral Provincial (Ley 9571): - Desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios, quedan prohibidos los actos públicos de proselitismo. - Desde las cero horas del día de los comicios y hasta tres horas inmediatas posteriores al cierre queda prohibido: * La exhibición, depósito y portación de armas en los lugares de los comicios y hasta una distancia de 100 metros del perímetro. * Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, acontecimientos sociales, culturales, deportivos y toda clase de reunión pública. * El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas. * Ofrecer o entregar a los electores facsímiles de boletas únicas de sufragio. * El uso de banderas, divisas u otros distintivos por parte de los electores. * La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 100 metros del lugar de votación. * La publicación y difusión de resultados de encuestas en boca de urna o similares.
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