| <p><font size="2">El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió ayer a través de una resolución el derecho que tiene el intendente Carlos Paz para reclamar la supuesta inconstitucionalidad de dos cláusulas transitorias de la Carta Orgánica Municipal, aunque no se expidió sobre la cuestión de fondo de ese recurso.<br /></font></p><p><font size="2">En consonancia con lo dispuesto por el fiscal General de la Provincia, Darío Vezzaro, el TSJ dispuso en el artículo primero de su resolución «admitir formalmente la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por Carlos Felpeto en contra de las disposiciones transitorias primera y novena de la Carta Orgánica Municipal de Villa Carlos Paz». En el artículo segundo, el TSJ dispuso citar y emplazar al municipio de la demandada Municipalidad de Villa Carlos Paz para que mediante un integrante de la Asesoría Letrada designado por el Concejo de Representantes se encargue de la defensa de los intereses de ese municipio en este pleito.<br /></font></p><p><font size="2">El asesor letrado designado por el cuerpo legislativo deberá comparecer en seis días para contestar la demanda de Carlos Felpeto, ofrecer pruebas y oponer excepciones. Además, se decidió correr vista a los partidos políticos con representación en el Concejo de Representantes para que den su opinión escrita sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por Felpeto. Finalmente, los miembros del Tribunal Superior decidieron de manera sorpresiva habilitar la feria judicial de enero para esta causa exclusivamente, con el fin de sustanciar en tiempo propio la acción declarativa de inconstitucionalidad del intendente Carlos Felpeto. El fallo sobre la cuestión de fondo saldría a principios de febrero.</font></p><p><font size="2">Fuente: La Mañana de Córdoba - Sergio Tonarelli</font></p> |