Carlos Paz informa Policial & judicial ||
Fecha: 24/04/2013| Hora: 23:54 hs.
Defensor del pueblo: El TSJ declaró admisible la acción presentada por Mosquera
<p><font size="2">A través de un auto interlocutorio emitido por unanimidad de sus miembros el pasado 16 de abril, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) declaró formalmente la admisibilidad de la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por el doctor Mariano Mosquera contra el artículo 174 de la Carta Orgánica Municipal de Villa Carlos Paz que reglamenta las exigencias para ser candidato a defensor del Pueblo de esta ciudad.<br /></font></p><p><font size="2">Luego de varios meses de análisis del recurso presentado por Mosquera y por el apoderado del Partido Desarrollo y Transparencia Gonzalo Ferreras, el más alto cuerpo judicial de Córdoba determinó que los demandantes tienen legitimación procesal para presentar dicha acción.<br /></font></p><p><font size="2">Debe recordarse en este sentido, que el doctor en Ciencias Políticas, Mariano Mosquera, es el postulante oficial a defensor del Pueblo de Villa Carlos Paz que ha lanzado la mencionada fuerza política, con vistas a las elecciones del próximo 7 de octubre.<br /></font></p><p><font size="2">Aunque admitió el recurso, el TSJ no se expidió todavía sobre la cuestión de fondo vinculada a la constitucionalidad del artículo en cuestión que establece una exigencia de 40 años de edad como mínimo para ser ombudsman de esta localidad.<br /></font></p><p><font size="2">Mosquera y el Partido Desarrollo y Transparencia sostienen que esa edad es inconstitucional puesto que supera por ejemplo las exigencias que contemplan las Constituciones Nacional y Provincial para ser presidente y gobernador, respectivamente.<br /></font></p><p><font size="2">La resolución del TSJ decidió además de acuerdo a los procedimientos vigentes para este tipo de acciones en el Código Procesal Civil y Comercial de Córdoba, citar y emplazar a la demandada Municipalidad de Villa Carlos Paz por ser la responsable en última instancia de la Carta Orgánica, para que en el plazo de seis días comparezca y conteste la demanda. Además el apoderado legal del municipio deberá ofrecer la prueba que considere conveniente, oponga excepciones o deduzca reconvenciones bajo apercibimiento de ley.<br /></font></p><p><font size="2">También el Tribunal Superior decidió correr vista a la fiscal General de la Provincia para en carácter de parte necesaria se aboque a analizar la cuestión de fondo vinculada a la constitucionalidad de dicho artículo.<br /></font></p><p><font size="2">Teniendo en cuenta que el intendente Esteban Avilés ya convocó a los comicios de defensor del Pueblo para octubre próximo y la lista de candidatos deberá presentarse a fines de agosto o principios de setiembre, para Mariano Mosquera y el Partido Democracia y Transparencia urge contar con una definición urgente del Tribunal Superior.</font></p><p><font size="2"><em>Fuente</em> La Mañana de Córdoba </font></p>
www.carlospazinforma.com.ar | Todos los derechos reservados