| <p><font size="2">El intendente Esteban Avilés oficializó este martes la convocatoria para la elección del Defensor del Pueblo de Villa Carlos Paz que será el 6 de octubre de 2013.<br /></font></p><p><font size="2">El anuncio surge a partir de un pronunciamiento técnico jurídico de Asesoría Letrada respecto de las normas aplicables a estos comicios. <br /></font></p><p><font size="2">Luego de un análisis detallado se arribó a las siguientes conclusiones del dictamen:<br /></font></p><p><font size="2"><strong>A_ </strong>La contradicción que actualmente presentan los artículo s 173 y 220 de la Carta Orgánica es sólo aparente, puesto que se ha producido como consecuencia de que no se convocó oportunamente, en tiempo y forma, a elecciones para elegir al Defensor del Pueblo y al Defensor del Pueblo Adjunto de la ciudad de Villa Carlos Paz, como lo exigía la carta magna municipal.<br /></font></p><p><font size="2"><strong>B_ </strong>El espíritu del legislador constituyente es que la elección del Defensor del Pueblo y su Adjunto debe producirse en la mitad del período de las restantes autoridades municipales.<br /></font></p><p><font size="2"><strong>C_ </strong>El mandato de las actuales autoridades municipales tiene una duración excepcionalmente más breve, fijada por la Carta Orgánica en cuarenta y cuatro meses aproximadamente.<br /></font></p><p><font size="2"><strong>D_</strong> La excepcionalidad de la actual duración de los mandatos requiere de una adecuación igualmente excepcional en orden a la elección del Defensor del Pueblo y su Adjunto. Sin embargo, ese carácter extraordinario debe respetar el espíritu del legislador, como garantía de su razonabilidad.<br /></font></p><p><font size="2"><strong>E_ </strong>Como consecuencia de lo apuntado, la elección del Defensor del Pueblo y de su Adjunto debiera concretarse el 6 de octubre del corriente año.<br /></font></p><p><font size="2"><strong>F_ </strong>Se sugiere brindar la más amplia y acabada difusión de la importancia del cargo de referencia y del cabal conocimiento por parte de la comunidad de los alcances y funciones del Defensor del Pueblo y su Adjunto.<br /> </font></p><p><font size="2">A raíz del dictamen el mandatario decretó convocar al electorado de la ciudad de Villa Carlos Paz, a los fines que el día 6 de octubre de 2013 elija un (1) Defensor del Pueblo y Un (1) Defensor del Pueblo suplente; y un (1) Defensor del Pueblo Adjunto y Un (1) Defensor del Pueblo Adjunto suplente.<br /></font></p><p><font size="2">El dictamen completo se encuentra a disposición de los interesados en el municipio.</font></p><p> </p><p> </p> |