| <p><font size="2">El Departamemento Ejecutivo envió esta tarde el proyecto para expropiar el 48,5 por ciento de las acciones de la Cooperativa Integral de Carlos Paz Gas y para reformar el estatuto de la firma. </font></p><p><font size="2">Con la aprobación de esta propuesta, la entidad cooperativista quedará sólo con el 1,5 por ciento de las acciones de la firma. </font></p><p><font size="2">A continuación, el proyecto enviado al cuerpo legislativo: </font></p><p><font size="2">Art. 1º: DECLÁRAR de utilidad pública, y sujeto a expropiación, el cuarenta y ocho y medio por ciento (48,5 %) del patrimonio de "Carlos Paz Gas Sociedad Anónima (Carlos Paz Gas S.A.)", representado por igual porcentaje de las acciones Clase B de dicha Empresa, pertenecientes a la Cooperativa Integral de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo de Villa Carlos Paz Limitada (COOPI), en forma directa o indirecta. </font></p><p><font size="2"> Art. 2º: A efectos de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la presente, el Departamento Ejecutivo Municipal, por sí o a través de las personas que éste designe al efecto, ejercerá los derechos políticos y económicos sobre la totalidad de las acciones sujetas a expropiación, hasta tanto se perfeccione, conforme la normativa de fondo vigente, el traspaso de las acciones a que se refiere el artículo anterior.</font></p><p><font size="2"> Art. 3º: Aprobar el texto del Estatuto de "Carlos Paz Gas Sociedad Anónima (Carlos Paz Gas S.A.)", el que quedará redactado conforme el Anexo I de la presente.</font></p><p><font size="2"> Art. 4º: Facultar al Departamento Ejecutivo para que, en ejercicio de los derechos de accionista de "Carlos Paz Gas Sociedad Anónima (Carlos Paz Gas S.A.)", proponga y haga aprobar en la correspondiente Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad la sustitución del Estatuto actualmente vigente por el Estatuto que figura en el Anexo I de esta Ordenanza.</font></p><p><font size="2"> Art. 5º: La Municipalidad de Villa Carlos Paz, en su calidad de titular del Un mil quinientas (1.500) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un voto por acción, clase "A", y titular de Un mil cuatrocientas cincuenta y cinco (1.455) Acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un voto por acción, clase "B", con motivo de la presente ordenanza y de la consecuente reforma del Estatuto, designa a los Directores que conforman el Directorio de "Carlos Paz Gas Sociedad Anónima (Carlos Paz Gas S.A.) e igualmente a los síndicos que conformen la Comisión Fiscalizadora u Organo de Fiscalización Interna. Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a proponer las personas que se desempeñarán en calidad de Directores y Síndicos.</font></p><p><font size="2"> Art. 6º: Modificar el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 4494, el que quedará redactado de la siguiente forma:</font></p><p><font size="2"> "Artículo 4º.- Independientemente del control que lleve adelante la Sindicatura de la Sociedad, los Directores y Síndicos designados por el Estado Municipal, tienen la obligación elevar un informe semestral ante el Concejo de Representantes y el Tribunal de Cuentas Municipal y/o cada vez que estos cuerpos lo requieran, detallando las actividades y acciones llevadas a cabo, y la planificación futura de la Sociedad.-"</font></p><p><font size="2"> Art. 7º.- Modificar el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 4494, el que quedará redactado de la siguiente forma:</font></p><p><font size="2"> "Artículo 5º.- Se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir la documentación necesaria a los fines de formalizar la modificación y aprobación aludida en la presente Ordenanza.-"</font></p><p><font size="2"> Art. 8º.- Derogar la Ordenanza Nº 4494, el Decreto 003/2012 del Concejo de Representantes y toda otra norma que se oponga a la presente.</font></p><p> </p> |