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Fecha: 27/12/2011| Hora: 19:58 hs.
Avilés anunció que el primer defensor del pueblo se elegirá en 2013
<p><font size="2">El intendente de Villa Carlos Paz, Esteban Avil&eacute;s, anticip&oacute;&nbsp; que el primer defensor del Pueblo de esta ciudad ser&aacute; electo en el a&ntilde;o 2013 y asumir&aacute; luego que &eacute;l haya cumplido la mitad de su gesti&oacute;n al frente del Departamento Ejecutivo Municipal.<br /></font></p><p><font size="2">&laquo;La Carta Org&aacute;nica Municipal establece que el per&iacute;odo del defensor del Pueblo debe dividirse en dos partes. Dos a&ntilde;os con un intendente y dos con otro. Por esta raz&oacute;n, a mediados de 2013 se elegir&aacute; al primero y asumir&aacute; luego que yo cumpla la mitad de mi gobierno. Durante todo el 2012 nos dedicaremos a explicar cu&aacute;les son las funciones que tiene para que la gente sepa bien lo que tendr&aacute; que votar&raquo;, destac&oacute; Avil&eacute;s.<br /></font></p><p><font size="2">A diferencia de sus antecesores, Avil&eacute;s tendr&aacute; cuatro meses menos de gesti&oacute;n, ya que su mandato terminar&aacute; el segundo domingo de agosto de 2015.<br /></font></p><p><font size="2">En este contexto, debe recordarse que el primer defensor del Pueblo deb&iacute;a haberse elegido en octubre de 2008 tal como lo dispuso una cl&aacute;usula transitoria de la Carta Org&aacute;nica Municipal. Sin embargo, una serie de recursos judiciales presentados en contra de la ordenanza que regul&oacute; las exigencias para ser candidato a ombudsman, dilat&oacute; los comicios sin fecha alguna.</font></p><p><font size="2">El primer defensor del Pueblo de Villa Carlos Paz asumir&aacute; a fines del a&ntilde;o 2013.<br />&laquo;De la Carta Org&aacute;nica quedan dos organismos que a&uacute;n no se pusieron en marcha. La Defensor&iacute;a del Pueblo por un lado y el Ente de Control de Servicios P&uacute;blicos. La primera quedar&aacute; para fines de 2013, pero el Ente entrar&aacute; en vigor el a&ntilde;o pr&oacute;ximo, ya que estar&aacute; inclu&iacute;do en el presupuesto municipal&raquo;, continu&oacute; Avil&eacute;s.<br /></font></p><p><font size="2">De acuerdo a la Carta Org&aacute;nica Municipal, el defensor del Pueblo dura cuatro a&ntilde;os en sus funciones, es electo por voto popular y puede ser reelegdo de manera indefinida al igual que su adjunto.<br />Aquellas personas que ocupan estas funciones tienen vedada la actividad pol&iacute;tica y una vez que concluyan sus mandatos no pueden postularse para cargos en las pr&oacute;ximas elecciones municipales. Tanto el defensor del Pueblo como su adjunto s&oacute;lo pueden ser removidos de sus cargos por un juicio pol&iacute;tico o por revocatoria popular.<br /></font></p><p><font size="2">Entre las atribuciones que le asigna la Carta Org&aacute;nica al defensor del Pueblo figuran iniciar investigaciones de oficio en salvaguarda de los intereses de los habitantes del municipio ante casos de presuntos abusos, desviaciones de poder y proteger los intereses difusos o colectivos de ni&ntilde;os, ni&ntilde;as y adolescentes.<br /></font></p><p><font size="2">A diferencia de otros defensores del Pueblo que ya existen en diversos municipios de C&oacute;rdoba, el de Villa Carlos Paz tendr&aacute; legitimaci&oacute;n procesal y facultad de iniciativa legislativa. Todas las dependencias municipales se encuentran obligadas a prestar colaboraci&oacute;n con su tarea.</font></p><p><font size="2">La Ma&ntilde;ana de C&oacute;rdoba<br /></font></p>
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