Agua: oposición propone referéndum en marzo
 
Foto ilustrativa || Fecha: 03/09/2018| Hora: 3:07 hs.
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Los ediles Natalia Lenci, Omar Ruíz, Oscar Sequeira, Gustavo Molina y Walter Gispert presentaron una propuesta de Referéndum Popular Obligatorio con modificaciones sobre la presentada por el defensor del Pueblo, Daniel Mowzset.
Este proyecto, a diferencia del presentado por el ombudsman, fija como fecha de la consulta popular el día domingo treinta y uno (31) del mes de marzo de 2019, entre las 8 hs y las 18 hs, a efectos que los electores de la ciudad de Villa Carlos Paz con domicilio en el área de prestación del servicio de agua y cloacas de la COOPI (Cooperativa Integral de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo de Villa Carlos Paz), se expresen a través de una Boleta Unica de Sufragio (BUS), sobre si consideran que la COOPI debe continuar o no, con la prestación del servicio de provisión de agua y cloacas, en los términos del proyecto de ordenanza que se somete a Referéndum Popular Obligatorio y que integra la presente como Anexo 1.-

A los fines de la implementación por parte de la Junta Electoral Municipal Provisoria de la presente convocatoria, la Boleta Unica de Sufragio (BUS), deberá incluir las siguientes preguntas, en los dos (2) casilleros de la misma:

A) La COOPI "SI" debe continuar con la Prestación del Servicio de Agua y Cloacas en Villa Carlos Paz.

B) La COOPI "NO" debe continuar con la Prestación del Servicio de Agua y Cloacas en Villa Carlos Paz.

La opción A) deberá estar ubicada a la izquierda de la BUS (Boleta Unica de Sufragio) tomando en consideración la ubicación del elector que mira de frente la BUS.

La opción B) deberá estar ubicada a la derecha de la BUS (Boleta Unica de Sufragio) tomando en consideración la ubicación del elector que mira de frente la BUS.

Al pié de la BUS se deberá incluir el texto del ANEXO 1 de la presente.

Para el supuesto que la mayoría de los electores del Referéndum se pronunciaran por el "NO", se dispone lo siguiente:

A) El día treinta (30) de agosto de 2019, el Municipio asumirá la prestación del servicio de agua y cloacas, en forma directa y exclusiva, en el marco de lo establecido en el artículo 70° de la Carta Orgánica Municipal, estableciendo para la misma, la forma jurídica de un Ente Municipal con personería jurídica propia.

B) El Municipio deberá incorporar a la prestación del servicio, al personal que al día treinta y uno (31) de agosto de 2018 se encontraba prestando tareas de operación, mantenimiento, administración y comercialización del servicio de agua y cloacas bajo las directivas de la COOPI (Cooperativa Integral de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo de Villa Carlos Paz), garantizando sus remuneraciones y demás derechos laborales adquiridos.

C) El Municipio sólo podrá destinar recursos públicos para los gastos que requiera la Junta Electoral Municipal Provisoria, para la realización del Referéndum y su debida difusión.

D) Queda expresamente prohibido para el Municipio efectuar gastos destinados a implementar en forma directa o indirecta, campañas de

difusión de mensajes por el "SI" o por el "NO" en este Referéndum, por cualquier medio de comunicación. El incumplimiento de esta disposición configurará seria irregularidad en los términos de la Carta Orgánica Municipal.

Los gastos que demande la aprobación de la presente ordenanza serán afrontados con los recursos del presupuesto de gastos y cálculo de recursos 2019, a cuyo fin, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá incluir las partidas correspondientes en el proyecto a girar al Concejo de Representantes.

 
 
 
 
 
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